Normativa electricidad vivienda
Aspectos legales 18/09/2019

Normativa electricidad vivienda

La normativa vigente para instalaciones eléctricas en la vivienda viene determinada por el reglamento electrotécnico para baja tensión (REBT), aprobado a través del Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto.  En ella, se recogen distintos aspectos relevantes para realizar cualquier intervención doméstica, con el fin de mantener los niveles de seguridad y calidad.

Por lo que se refiere a la distribución de corriente alterna, la normativa de electricidad en la vivienda recoge que será de 230V entre las fases. Por ello, es importante saber la potencia que se necesita para cubrir el suministro de todos los elementos de la vivienda. Cabe mencionar que el grado de electrificación de una casa quedará definido en función de la superficie de la vivienda y la potencia total demandada.

En la normativa de electricidad de la vivienda también se contempla que los trabajos y acometidas con la red pública de distribución eléctrica solo podrán ser realizados por el personal autorizado de la compañía suministradora o por profesionales capacitados y autorizados. Por tanto, debes delegar en profesionales para realizar este tipo de tareas.

¿Qué aspectos aborda la normativa de electricidad de la vivienda?

Según el reglamento vigente, los cuadros eléctricos deben situarse lo más cerca posible de la entrada de la derivación eléctrica principal, ligada directamente con el contador eléctrico.  Así pues, deben instalarse junto a la puerta principal de la vivienda y alejado de zonas potencialmente peligrosas para la corriente eléctrica, tales como baños, cocinas, galerías o terrazas Para evitar riesgos, el cuadro eléctrico debe contar con:

  • ICP: el Interruptor de Control de Potencia protege las líneas generales de distribución eléctrica.
  • ID y PIA: el Interruptor Diferencial como el Pequeño Interruptor Automático protegen la instalación doméstica.

Las líneas y derivaciones de la instalación debe contar con un interruptor automático de corte omnipolar para su protección.

Por último, el cableado de alimentación a los puntos de luz debe tener prevista la carga de los aparatos de iluminación, los elementos asociados, las corrientes armónicas en arranque y el desequilibrio de fases. Con ello, la potencia mínima debe alcanzar 1,8 veces la potencia de cada punto de luz y el factor de potencia en cada punto de luz se tiene que corregir a un valor superior o igual a 0,90 para lograr que todo funcione correctamente.

La normativa de instalaciones eléctricas de baja tensión determina que 32 mm es el diámetro exterior mínimo que tendrán las canalizaciones de las derivaciones individuales. Los conductores serán de cobre y deberán respetar este código de colores con el fin de que sean iguales en todas las viviendas:

  • Verde y amarillo: tierra
  • Azul: neutro
  • Marrón, negro y gris: fases

Comparte esta información